Unidad de Autonomías Departamentales y Municipales

La Unidad de Autonomías Departamentales y Municipales fortalece y desarrolla capacidades en los gobiernos autónomos departamentales y municipales en temáticas como desarrollo competencial, elaboración de cartas orgánicas municipales y estatutos autonómicos departamentales, desarrollo legislativo competencial y procesos de distritación municipal. Asimismo, a cargo de la unidad se encuentra la  atención de conflictos de gobernabilidad, resolución de consultas sobre proyectos de norma de aplicación nacional, departamental y municipal, entre otras.

·         Autonomía Municipal y Autonomía Departamental

En función al desarrollo integral del Estado y el bienestar de todas las bolivianas y los bolivianos, la autonomía departamental, principalmente cumple la función de impulsar el desarrollo económico, productivo y social en su jurisdicción. Por su parte la autonomía municipal, cumple prioritariamente la función de impulsar el desarrollo económico local, humano y desarrollo urbano a través de la prestación de servicios públicos a la población, así como coadyuvar al desarrollo rural.

Ambas autonomías cuentan con los siguientes órganos reconocidos por la Constitución Política del Estado: Órgano Legislativo con facultades deliberativas, fiscalizadoras y legislativas municipales en el ámbito de sus competencias; y Órgano Ejecutivo, con facultades reglamentarias y ejecutivas, para el cumplimiento de dichas funciones.

El Viceministerio de Autonomías en este marco, promueve y ejecuta acciones de coordinación, desarrollo institucional, fortalecimiento de gobernabilidad e institucional de las entidades territoriales autónomas.

·         Estatuto Autonómico Departamental y Carta Orgánica Municipal

Conforme a lo previsto por el Articulo 275 de la Constitución Política del Estado, cada órgano deliberativo de las entidades territoriales autónomas, debe elaborar de manera participativa el proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica, que será aprobado por dos tercios del total de sus miembros; y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica, mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción. Los Estatutos Autonómicos Departamentales y las Cartas Orgánicas Municipales perfeccionan el ejercicio de la autonomía.

·         Procesos de distritación municipal.

Los distritos municipales se constituyen en espacios de planificación y gestión de la administración pública de los gobiernos autónomos municipales, estos son espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función a las dimensiones poblacionales y territoriales. En este marco el Viceministerio de Autonomías tiene entre sus atribuciones apoyar a los proceso de descentralización y desconcentración departamental y municipal de la gestión pública.

·         Desarrollo legislativo y asistencia técnica competencial

Fortalecimiento a los órganos legislativos en la emisión de leyes autonómicas, a través de la generación de instrumentos y herramientas, así como resolver consultas sobre proyectos de leyes de aplicación nacional, departamental y municipal, en cuanto a materia competencial, para promover la articulación de políticas y una visión compartida de gestión pública, en el marco del régimen autonómico.

·         Atención de conflictos de gobernabilidad.

A partir de la atribución del Viceministerio de Autonomías de proponer, promover, ejecutar y evaluar, programas, proyectos, instrumentos y mecanismos para el fortalecimiento de la gobernabilidad y la gestión pública autonómica e intercultural en los Gobiernos Autónomos Municipales y Departamentales, esta instancia atiende conflictos de gobernabilidad que se puedan generar en las entidades territoriales autonomas a causa de dualidad de autoridades y otros.


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