Sobre la Institución

El Viceministerio de Autonomías es una dependencia directa del ministerio de la Presidencia y tiene el objetivo de promover la coordinación y ejecución de las acciones políticas-administrativas del Órgano Ejecutivo del nivel Central del Estado con las Entidades Territoriales Autónomas (ETAs) para un mejor desarrollo de la gestión pública para la consolidación del diseño autonómico del país y la mejora en el ejercicio de las competencias de las ETAs en concordancia con las atribuciones contempladas en el artículo 24 del Decreto Supremo 3058 del 22 de enero de 2017.

LAS FUNCIONES DEL VICEMINISTERIO

Entre sus funciones mas importantes, delegadas por el gobierno central se encuentran:

  • Ejecutar acciones de coordinación político-administrativa del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado con los Gobiernos Autónomos Departamentales, Municipales e Indígenas originarios campesinos para un mejor desarrollo de la gestión pública.
  • Proponer, promover, ejecutar y evaluar, programas, proyectos, instrumentos y mecanismos para el fortalecimiento de la gobernabilidad y la gestión pública autonómica e intercultural en los Gobiernos Autónomos Departamentales, Municipales e Indígenas originarios campesinos, en coordinación con éstos, sus respectivas entidades asociativas, el Servicio Estatal de Autonomías y las entidades del nivel central del Estado que correspondan.
  • Acompañar y apoyar procesos de elaboración y aprobación de estatutos autonómicos departamentales, cartas orgánicas municipales y Estatutos de autonomías indígenas en coordinación con los Gobiernos Autónomos.
  • Coadyuvar en la gestión de las políticas orientadas a impulsar la inversión pública concurrente entre el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado y los Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales, en coordinación con los Ministerios cabeza de sector.
  • Promover la implementación de políticas públicas relativas a las Autonomías Indígena Originaria Campesinas, Autonomías Regionales, y regiones como espacios de planificación y gestión, en coordinación con éstas, en cumplimiento a la Constitución Política del Estado, tratados, convenios internacionales y normativa vigente.
  • Conocer, atender y resolver los procedimientos administrativos de límites departamentales y delimitación de Unidades Territoriales en la colindancia que corresponda al límite interdepartamental para su reconocimiento mediante ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
  • Prevenir y gestionar conflictos que pudiesen presentarse en los procedimientos administrativos de creación, delimitación y modificación de Unidades Territoriales de su competencia, en coordinación con las instancias técnicas de límites de los Gobiernos Autónomos.


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